RDL 17/2022: IVA al 5% para el de gas natural, los pellets y la leña

RDL 17/2022: IVA al 5% para el de gas natural, los pellets y la leña

Publicado el 21 de septiembre de 2022
Actualizado: 10/10/2022

El 21 de septiembre de 2022 se publica en el BOE el Real Decreto-ley 17/2022, de 20 de septiembre, por el que se adoptan medidas urgentes en el ámbito de la energía, en la aplicación del régimen retributivo a las instalaciones de cogeneración y se reduce temporalmente el tipo del Impuesto sobre el Valor Añadido aplicable a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de determinados combustibles.

Con la aprobación de esta normativa, se reduce del 21% al 5% el tipo de IVA aplicable a los suministros de gas natural desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, equiparándose así al 5% de IVA que se aplica a las entregas de electricidad tras la aprobación del Real Decreto-ley 11/2022.

Del mismo modo y con la finalidad de incentivar el uso de combustibles menos contaminantes en sistemas de calefacción, se establece también una reducción del tipo impositivo del 21% al 5% para las entregas de briquetas y pellets procedentes de la biomasa y a la madera para leña utilizada en sistemas de calefacción desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022.

[ACTUALIZACIÓN 10/10/2022]

En cuanto al recargo de equivalencia, ¿cuál es el porcentaje correspondiente al tipo impositivo del 5%?
El tipo del recargo de equivalencia del IVA correspondiente a las entregas de determinados combustibles a las que se aplica el tipo impositivo del 5% (briquetas y pellets procedentes de la biomasa y madera para leña) será del 0,5% desde el 1 de octubre de 2022 hasta el 31 de diciembre de 2022, mientras no se modifique el artículo 161 LIVA, tal y como establece la consulta vinculante V2119-22.

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