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Está disponible el manual práctico sobre el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA) de la AEAT para el ejercicio 2022 en los siguientes formatos:
- Consulta online.
- Formato PDF.
PRINCIPALES NOVEDADES
- EXENCIÓN PARA DAR RESPUESTA A LA PANDEMIA COVID-19
Se establece la exención del IVA a las importaciones de bienes, a las entregas de bienes y a las prestaciones de servicios destinados a la Comisión o a un órgano u organismo establecidos con arreglo al Derecho de la Unión, cuando adquieran dichos bienes o servicios para dar respuesta a la pandemia de la COVID-19 en el ejercicio de sus funciones. Las exenciones introducidas deberán aplicarse con efecto retroactivo desde el 1 de enero de 2021 y con vigencia indefinida.
- EXENCIÓN DE IMPORTACIONES VINCULADAS AL COVID-19
Exención de importaciones vinculadas al COVID-19 realizadas entre el 30 de enero de 2020 y el 30 de junio de 2022.
- INVERSIÓN DE SUJETO PASIVO (ISP)
Prorroga hasta el 31 de diciembre de 2026 para que los Estados Miembros sigan aplicando la inversión del sujeto pasivo respecto de los bienes y servicios que se determinan en el artículo 199 bis de la Directiva 2006/112/CE del Consejo.
- TIPOS IMPOSITIVOS
Puede consultar el listado completo de los tipos impositivos vigentes para el ejercicio actual aquí.
- BONIFICACIÓN TEMPORAL DEL PRECIO DE DETERMINADOS PRODUCTOS ENERGÉTICOS
El Real Decreto-ley 6/2022 aprueba una bonificación extraordinaria sobre el precio de venta al público de determinados productos energéticos y aditivos, adquiridos entre los días 1 de abril y 31 de diciembre de 2022 en instalaciones de suministro de combustibles y carburantes al por menor o a empresas que realicen ventas directas a los consumidores finales.
- IVA DE LAS DONACIONES DE PRODUCTOS A ENTIDADES SIN FINES LUCRATIVOS
Con efectos de 10 de abril de 2022, la Ley 7/2022 establece la aplicación del 0% de IVA para las donaciones de productos a las entidades sin fines lucrativos.
- RÉGIMEN SIMPLIFICADO Y RÉGIMEN DE AGRICULTURA, GANADERÍA Y PESCA (RAGYP)
Se prorrogan para el periodo 2022 los límites para la aplicación del régimen simplificado y el régimen especial de agricultura, ganadería y pesca:
En el caso del régimen simplificado, volumen de ingresos en el año inmediato anterior:
En el caso del REAGP, volumen de ingresos en el año inmediato anterior:
En ambos regímenes, el volumen de adquisiciones e importaciones de bienes y servicios en el año inmediato anterior, excluidas las relativas al inmovilizado: 250.000 euros.
- MODELO 303
Se incluirán nuevas casillas en el modelo 303 (casillas 01, 02 y 03) donde figurarán las bases imponibles y cuotas devengadas correspondientes al nuevo tipo impositivo del 5%, para las autoliquidaciones iniciadas a partir del 1 de julio de 2022.
- MODELO 390
Con respecto al modelo 390 se producen las siguientes modificaciones:
FUENTE: AEAT (28/09/2022).