Contabilización de apuntes con el IVA del 0%
El Real Decreto-ley 20/2022, de 27 de diciembre, aprueba la aplicación del tipo de gravamen del 0% sobre determinados productos básicos durante el período comprendido entre el 1 de enero de 2023 y hasta el 30 de junio de 2023, tal y como se indicaba en este artículo. Por tanto, a partir de este momento es necesario identificar aquellas operaciones sujetas y no exentas gravadas al 0% de IVA.
Como consecuencia, se hace necesaria la adaptación de la aplicación de Contabilidad a dicha normativa con respecto a los siguientes ámbitos:
Contabilización de apuntes de ingresos
Para indicar que una operación de ingreso está gravada al 0% y que, por tanto, está sujeta y no exenta de IVA será necesario seleccionar la clave "D - Tipo de gravamen = 0" dentro del desplegable "Tipo de Venta". Dicho desplegable figura tanto en la Entrada Rápida de facturas como en la línea 477.0 del diario:
Si esta operación de ingreso gravada al 0% se estuviese contabilizando con respecto a un cliente acogido al régimen de recargo de equivalencia, por defecto, la base de este apunte se informaría tanto en el apartado de régimen general al 0% como en el apartado de recargo de equivalencia al 0% del modelo 303. Si no se deseasen incluir estas bases como bases de recargo de equivalencia en las operaciones al 0% será necesario desmarcar la opción "Ap. con recargo" desde el diario en la línea 477.0:
Imputación de ventas multibase al 0%
A partir de septiembre de 2023 se incorpora el tipo impositivo del 0% (además del 5%) a la imputación de ventas:
- Imputación manual multibase: Desde la imputación de ventas manual será posible indicarle al programa si las ventas al 0% se corresponden con operaciones exentas o con operaciones sujetas (tipo de venta D):
- Imputación manual: Desde la imputación de ventas manual mutibase todos los importes indicados en la columna del 0% tendrán la consideración de operaciones sujetas (tipo de venta D):
Configuración de la subcuenta de proveedor
Se incorpora una nueva opción de configuración en la ficha de las subcuentas de proveedor, de tal forma que se puede establecer la opción de exención por defecto a la hora de introducir apuntes contra dicho proveedor. Las opciones disponibles son:
- 0 - Pedir en cada apunte.
- 1 - No exenta (F9)
- 2 - Exenta (F10)
- 3 - No sujeta (F11)
Contabilización de apuntes de gastos
- Entrada Rápida de facturas: Para indicar que una operación está gravada al 0% y que, por tanto está sujeta y no exenta de IVA debe marcar la opción "No exenta", situada en la parte superior derecha de la ventana. También puede marcarse de forma automática pulsando F9 en el teclado.
- Diario: Para indicar que una operación está gravada al 0% y que, por tanto está sujeta y no exenta de IVA debe marcar la opción "No exenta" dentro de la pantalla "Datos IVA" a la que se podrá acceder a través de la línea 472.0.
Importación de facturas desde Excel
- Gastos: En la hoja "Compras" se habilitan como valores válidos para la columna "Desglose Exenta/No sujeta" (columna BB) los siguientes:
- S, que hace referencia al tipo de operaciones que estamos tratando en este artículo, es decir, sujetas y no exentas.
- E, que hace referencia a las operaciones exentas.
- N, que hace referencia a las operaciones no sujetas.
- Ingresos: Si deseamos que la base de un apunte gravado al 0% a un cliente en recargo de equivalencia incluya tales bases también como bases en recargo de equivalencia será necesario que las columnas "% Recargo" (columna M) y "Recargo" (columna N) de la hoja de "Ventas" tengan importes igual a 0,00. Por tanto, si permanecen en blanco, no se considerará que constituyen bases en recargo de equivalencia.
Comunicación de facturas al Suministro Inmediato de Información (SII)
Con el objeto de permitir informar las facturas que documenten operaciones gravadas con el nuevo recargo de equivalencia del 0% se modificarán las validaciones del SII, admitiendo el tipo de recargo del 0% si la fecha de operación es superior al 1 de enero de 2023.
Listado resumen de IVA
Por defecto, el listado resumen de IVA incluye bases de IVA soportado al 0% (sujetas y no exentas). Si deseamos que únicamente incluya la información que va a ser declarada en los modelos 303 tendremos que desmarcar la opción "Incluir tipo de gravamen 0".
Gestión masiva del IVA al 0%
- Expedidas: Se añade una opción, accesible desde dentro de cada empresa, en "Utilidades > Depurar datos > Gestión masiva de IVA al 0% (expedidas)" que permite modificar de forma masiva y automática el tipo de venta de todos los apuntes de ingresos introducidos con el IVA al 0%. De esta forma, todos los apuntes con IVA al 0% cuyo tipo de venta sea "Exenta por art. 20" quedarán configurados con la nueva clave de tipo de venta "D - Tipo de gravamen 0% (sujeta, no exenta)". Para el caso de clientes en Recargo de Equivalencia es necesario comprobar en su ficha que tienen marcada la opción "Recargo" antes de hacer uso de esta utilidad, para que las bases de las facturas emitidas a dichos clientes figuren como bases de recargo de equivalencia.
- Recibidas: Se añade una opción, accesible desde dentro de cada empresa, en "Utilidades > Depurar datos > Gestión masiva de IVA al 0% (recibidas)" que permite modificar de forma masiva y automática la clave de exención de todos los apuntes, sustituyendo el valor grabado por el valor configurado en la ficha del proveedor (F9/F10/F11). ¡NOTA! Las operaciones de Inversión de Sujeto Pasivo y las Adquisiciones Intracomunitarias deberán ser modificadas de forma manual.
Modelo 303
Las bases de IVA devengado al 0%, sujetas y no exentas, irán informadas en el modelo 303 correspondiente. Respecto a las bases de recargo de equivalencia que estén gravadas al 0%, irán desglosadas en el modelo generado por el programa pero se informarán agregadas junto con los % de recargo de equivalencia del 0,5% y 0,62%
Modelo 390
Las bases de IVA deducible al 0%, sujetas y no exentas se informarán en el modelo 390 pero no en los 303 correspondientes. Dichas bases serán trasladadas automáticamente al modelo por parte del programa.
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