Utilizamos cookies propias y de terceros para fines analíticos y comerciales. No recabamos ni cedemos datos de carácter personal de los usuarios sin su conocimiento. Información legal

ACEPTAR
Subsanación telemática de libros y cuentas en el Registro Mercantil

Subsanación telemática de libros y cuentas en el Registro Mercantil

Publicado el 30 de julio de 2019
Actualizado: 7/9/2023

Para poder enviar una subsanación de libros o cuentas es necesario que el Registro haya calificado un envío previamente con defectos.

Subsanación telemática de libros:
1) Presentación telemática "envío Directo" :
A través del aplicativo "Legalia 2", seleccionamos como "Tipo de entrada en el Registro " la opción "Subsanación de un documento ya presentado".
 


2) Presentación telemática "envío por el portal": 
Marcamos el check de Subsanación/Complementario. Posteriormente nos solicita los siguientes datos:

  • Libro: Automáticamente se introduce un "3" si se trata de libros.
  • Año: Año en el que causa entrada.
  • Número: Número de entrada que causó la primera presentación y que el Registro calificó como defectuoso.

 

Para más información, podremos consultar el manual del Registro Mercantil sobre la presentación telemática de los libros.

Subsanación telemática de cuentas:
Seleccionamos subsanación de un depósito anterior.
 


Posteriormente nos solicita los siguientes datos:

  • Libro: Automáticamente se introduce un "2" si se trata de cuentas.
  • Ejercicio de entrada: Año en el que causa entrada. Por ejemplo, supongamos que durante el ejercicio 2022 hemos presentando las cuentas anuales del ejercicio 2021, en el campo "Ejercicio de entrada" figuraría el ejercicio 2022 (ejercicio de presentación).
  • Número de entrada: Número de entrada que causó la primera presentación y que el Registro calificó como defectuoso. En este campo se indicarán los dígitos que figuran a continuación del ejercicio de presentación (6 dígitos).

Por ejemplo, supongamos que hemos presentado en el 2022 las Cuentas Anuales de una empresa cuyos datos de entrada son los siguientes: 2022/503266. Entonces la ventana de subsanación de cuentas anuales se cumplimentaría del siguiente modo:

Para más información, podremos consultar el manual del Registro Mercantil sobre la presentación telemática de las cuentas anuales.

FUENTE: Registro Mercantil.

Compartir en: 
También te puede interesar: