Novedades en los modelos de las declaraciones informativas 190 y 347: Orden HAC/1431/2025

Novedades en los modelos de las declaraciones informativas 190 y 347: Orden HAC/1431/2025

Publicado el 23 de diciembre de 2025

La Orden HAC/1431/2025 introduce modificaciones en varios modelos informativos con el objetivo de mejorar la calidad de la información, facilitar la asistencia al contribuyente y simplificar trámites. A continuación, se resumen los cambios de mayor interés práctico en el modelo 190 y el modelo 347.

Modelo 190 – Resumen anual de retenciones IRPF

Las modificaciones afectan principalmente a la identificación y clasificación de determinadas rentas, con especial impacto en pensiones, premios y determinadas retribuciones del trabajo.

  • Clave A: Se crea un nuevo campo para consignar rendimientos del trabajo obtenidos por la gestión de fondos vinculados al emprendimiento, a la innovación y al  desarrollo de la actividad económica. Se cumplimentará en el caso de que el campo  “Percepciones dinerarias no derivadas de incapacidad laboral” y/o el campo “Percepciones en  especie no derivadas de incapacidad laboral” incluyan, aunque sea de forma parcial, rendimientos  del trabajo derivados directa o indirectamente de participaciones, acciones u otros derechos,  incluidas comisiones de éxito, que otorguen derechos económicos especiales a los que se haya  aplicado lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición adicional quincuagésima tercera de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre. Se consignará:
    • 1. Si la cuantía total de la percepción dineraria o la cuantía total de la valoración de 
      la percepción en especie incluye, aunque sea de forma parcial, rendimientos del 
      trabajo derivados directa o indirectamente de participaciones, acciones u otros 
      derechos, incluidas comisiones de éxito, que otorguen derechos económicos 
      especiales a los que se haya aplicado lo dispuesto en el apartado 3 de la disposición 
      adicional quincuagésima tercera a las que se refiere la Ley 35/2006, de 28 de 
      noviembre.
    • 0. En el resto de los supuestos.
  • Clave B01: Se crea un nuevo campo denominado "Tipo/s de prestación/es de la clave B.01 percibida/s en el ejercicio". Este campo se divide en cinco:
    • 01. Jubilación.
    • 02. Viudedad.
    • 03. Incapacidad permanente total o parcial.
    • 04. Pensiones no contributivas por invalidez o jubilación.
    • 05. Resto de prestaciones del artículo 17.2.a).1.ª de la Ley 35/2006, de 28 de noviembre, no exentas, distintas de las anteriores.
    • En cualquier caso:
      • 1. Se consignara esta subclave para los distintos tipos de prestación satisfechos al perceptor a lo largo del ejercicio, aunque tales prestaciones hayan sido satisfechas únicamente durante una parte del mismo.
      • 0. Se consignará esta subclave respecto de aquellos tipos de prestaciones no satisfechas.
  • Clave K: Se modifican las subclaves 01 y 03 y se añaden las subclaves 04 y 05:
    • 01. Se consignará esta subclave cuando las percepciones correspondan a premios que, por su importe, se encuentren sometidos a retención, derivados de la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios, enmarcables en la definición del concepto de "juego" que se contiene en el artículo 3.a) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, caracterizado por arriesgarse cantidades de dinero u otros elementos patrimoniales a cambio de la posibilidad de obtener un premio o ganancia. Estos premios se consignarán por su importe íntegro, sin perjuicio del derecho del perceptor a minorar su importe en las pérdidas en el juego obtenidas en el mismo período impositivo, en los términos establecidos en el artículo 35.5.d) de la Ley del impuesto. 
    • 03. Se consignará esta subclave cuando las percepciones correspondan a premios que, por su importe, se encuentren sometidos a retención, derivados de la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios, en los que no se realice un desembolso económico por su participación en ellos, y por tanto, no enmarcables en la definición del concepto de "juego" que se contiene en el artículo 3.a) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Se incluyen aquí premios derivados de programas desarrollados en medios de comunicación, así como los derivados de combinaciones aleatorias con fines publicitarios y promocionales definidas en el artículo 3.i) de la Ley 13/2011.  

    • 04. Se consignará esta subclave cuando las percepciones correspondan a premios que, por su importe, no se encuentren sometidos a retención, derivados de la participación en juegos, rifas o combinaciones aleatorias sin fines publicitarios, enmarcables en la definición del concepto de "juego" que se contiene en el artículo 3.a) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego, caracterizado por arriesgarse cantidades de dinero u otros elementos patrimoniales cambio de la posibilidad de obtener un premio o ganancia. Estos premios se consignarán por su importe íntegro, sin perjuicio del derecho del perceptor a minorar su importe en las pérdidas en el juego obtenidas en el mismo período impositivo, en los términos establecidos en el artículo 35.5.d) de la Ley del impuesto.  

    • 05. Se consignará esta subclave cuando las percepciones correspondan a premios que, por su importe, no se encuentren sometidos a retención, derivados de la participación en concursos o combinaciones aleatorias con fines publicitarios, en los que no se realice un desembolso económico por su participación en ellos, y por tanto, no enmarcables en la definición del concepto de "juego" que se contiene en el artículo 3.a) de la Ley 13/2011, de 27 de mayo, de regulación del juego. Se incluyen aquí premios derivados de programas desarrollados en medios de comunicación, así como los derivados de combinaciones aleatorias con fines publicitarios y promocionales definidas en el artículo 3.i) de la Ley 13/2011. 

Modelo 347 – Declaración anual de operaciones con terceras personas

  • Clave E: Se crea un nuevo campo denominado "Número de convocatoria BDNS", en el que se deberá consignar el código de convocatoria de la subvención o ayuda en Base de Datos Nacional de Subvenciones.

REFERENCIAS WEB:

📘 Orden HAC/1431/2025, de 3 de diciembre, por la que se modifica entre otros, el modelo 190.

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