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Solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento: aumento del límite exento de 18.000 a 30.000 euros para la aportación de garantías.

Solicitudes de Aplazamiento o Fraccionamiento: aumento del límite exento de 18.000 a 30.000 euros para la aportación de garantías.

Publicado el 26 de octubre de 2015
El 20 de octubre de 2015 se ha publicado la Orden HAP/2178/2015, de 9 de octubre, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantías en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 30.000 euros.¿Qué deudas se pueden aplazar o fraccionar hasta 30.000 euros?

Las deudas gestionadas por la AEAT y por los organismos de la Hacienda Pública estatal cuando su importe conjunto no exceda de 30.000 euros y se encuentren tanto en periodo voluntario como en periodo ejecutivo de pago, sin perjuicio del mantenimiento, en este último caso, de las trabas existentes sobre bienes y derechos del deudor en el momento de la presentación de la solicitud.

¿Qué normativa rige las solicitudes en tramitación?

Las solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento en tramitación a la entrada en vigor de la presente orden seguirán rigiéndose por lo establecido en la normativa vigente a la fecha de presentación de la correspondiente solicitud.

¿Cuándo entra en vigor?

A partir del 21 de octubre de 2015.
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