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El Ministerio de Hacienda publica, con fecha 6 de marzo de 2023, el Proyecto de Orden por el que:
¿Qué novedades incluye el Proyecto de Orden con respecto al modelo 210?
Por un lado, se realiza una modificación que implica que, en el caso de que las rentas declaradas sean derivadas del arrendamiento o subarrendamiento de inmuebles, rentas imputadas de inmuebles urbanos o rentas derivadas de transmisiones de bienes inmuebles, debe figurar como persona que realiza la autoliquidación el propio contribuyente.
Por otro lado, se establece que en el caso de autoliquidaciones a ingresar, la presentación e ingreso se realizará en cualquier entidad colaboradora y no será necesario remitir documentación alguna a la AEAT. En el caso específico de que sea necesario presentar documentación complementaria, entonces se remitirá junto con dicha documentación el número de justificante del documento de ingreso que figure en la autoliquidación.
¿Cuándo entra en vigor esta norma?
El párrafo anterior entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE).
Dicho Proyecto de Orden se compone de los siguientes documentos:
FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (06/03/23).