Novedades fiscales: Renta 2017
Publicado el 16 de noviembre de 2017
Se han publicado las novedades fiscales para la declaración de la renta de 2017. Las principales afectan a: la venta de derechos de suscripción, la integración y compensación de rentas en la base imponible del ahorro y el régimen especial de deducción por inversión o rehabilitación de la vivienda habitual para Cataluña.VENTA DE DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN: LIRPF art. 37.1 a), 37.2 y DT 29.
Desde el 1 de enero de 2017, el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción se considera ganancia patrimonial para el transmitente en el periodo en que se produzca la citada transmisión. Esta ganancia está sujeta a retención.
De esta forma se equipara el tratamiento de los valores cotizados con los no admitidos a cotización, con el objetivo de evitar el diferimiento fiscal que suponía la regla de minoración del precio de adquisición, al establecer que la ganancia se produce en el momento de la transmisión de los valores.
INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS EN LA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO: D.A. 12ª LIRPF.
El porcentaje de compensación de rendimientos de capital mobiliario con ganancias o pérdidas patrimoniales (y viceversa) pasa del 15% al 20%.
REGIMEN ESPECIAL DE DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL PARA CATALUÑA: Ley 5/2017 art. 142, modifica la DT 6ª de la Ley 7/2011.
Con efectos del 1 de enero de 2017, se modifican los requisitos para disfrutar del porcentaje incrementado del 9% a la parte autonómica.
Si ya es cliente de Glasof, está disponible para descargar la actualización de Renta 2017. En caso contrario, puede descargar una versión de prueba de nuestros productos haciendo clic aquí.
Desde el 1 de enero de 2017, el importe obtenido por la transmisión de derechos de suscripción se considera ganancia patrimonial para el transmitente en el periodo en que se produzca la citada transmisión. Esta ganancia está sujeta a retención.
De esta forma se equipara el tratamiento de los valores cotizados con los no admitidos a cotización, con el objetivo de evitar el diferimiento fiscal que suponía la regla de minoración del precio de adquisición, al establecer que la ganancia se produce en el momento de la transmisión de los valores.
INTEGRACIÓN Y COMPENSACIÓN DE RENTAS EN LA BASE IMPONIBLE DEL AHORRO: D.A. 12ª LIRPF.
El porcentaje de compensación de rendimientos de capital mobiliario con ganancias o pérdidas patrimoniales (y viceversa) pasa del 15% al 20%.
REGIMEN ESPECIAL DE DEDUCCIÓN POR INVERSIÓN O REHABILITACIÓN DE LA VIVIENDA HABITUAL PARA CATALUÑA: Ley 5/2017 art. 142, modifica la DT 6ª de la Ley 7/2011.
Con efectos del 1 de enero de 2017, se modifican los requisitos para disfrutar del porcentaje incrementado del 9% a la parte autonómica.
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