SII - Calculadora de plazos 2020 de la Agencia Tributaria

SII - Calculadora de plazos 2020 de la Agencia Tributaria

Publicado el 9 de septiembre de 2020
¿Para qué sirve?
Permite obtener la fecha límite para remitir los registros al SII así como el periodo y ejercicio de anotación en el correspondiente Libro registro de las facturas emitidas y recibidas durante dicho año.Para acceder a esta calculadora bastará con seleccionar como ejercicio en el que realizar el cálculo el 2020. La calculadora tiene en cuenta la resolución de 27 de noviembre de 2019, de la Secretaría de Estado de Función Pública, por la que se establece a efectos de cómputos de plazos el calendario de días inhábiles en el ámbito de la Administración General del Estado para el año 2020 (BOE del 4 de diciembre).
Acceso a la calculadora de plazos 2020.

FACTURAS EXPEDIDAS:

En el caso de las facturas emitidas, el plazo será de cuatro días naturales desde la expedición de la factura sin computar sábados, domingos y los declarados festivos nacionales. Si la fecha resultante de dicha suma supera el día 15 del mes siguiente a aquel en que se hubiera producido el devengo de la operación, el plazo finaliza dicho día 15 (pudiendo ser el plazo menor de esos cuatro días iniciales). En el caso de que la fecha límite del 15 sea sábado, domingo o festivo nacional, se trasladará al primer día hábil siguiente.
Por otro lado, el periodo y ejercicio son los correspondientes al mes / trimestre y año de la fecha de devengo El periodo de registro en el SII de la factura emitida coincide con el periodo de declaración del IVA devengado correspondiente en el modelo 303 / 322.
Para realizar un cálculo concreto y conocer la fecha límite del registro de sus facturas, deberá consignar los siguientes campos:

• Fecha de devengo: con carácter general, es la fecha de la operación. En caso de pagos anticipados, se indicará la fecha de cobro. Cuando se trate de entregas intracomunitarias coincidirá con la fecha de expedición de la factura.
Para facturas recapitulativas, se consignará la fecha de la operación más reciente.

• Fecha de expedición: fecha en que se emite la factura.La herramienta le indicará la fecha límite para remitir los registros (pudiendo enviar la información dicho día inclusive), el periodo y ejercicio de registro.

En el caso de que la factura se emita por el cliente o a través de terceros, deberá seleccionar la casilla correspondiente para que los cálculos tengan en cuenta el plazo ampliado de ocho días naturales desde la expedición de la factura (sin computar sábados, domingos y festivos nacionales), con el límite del día 15 del mes siguiente al devengo de la operación.

Ejemplos de facturas expedidas:

Ejemplo 1: Un empresario A presta un servicio a otro empresario el 2 de octubre de 2020, expidiendo la correspondiente factura ese mismo día. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza el 8/10/2020.

Ejemplo 2: un empresario A presta un servicio a otro empresario el 3 de septiembre de 2020, expidiendo la correspondiente factura el 11 de octubre de 2020. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza el 15 de octubre (opera la fecha límite).

Ejemplo 3: un empresario realiza una entrega intracomunitaria a un cliente francés. El inicio del transporte de los bienes se produce el 19 de octubre de 2020 y la factura se expide el 15 de noviembre de 2020. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza el 16 de noviembre.


FACTURAS RECIBIDAS:

En el caso de las facturas recibidas, el plazo será de cuatro días naturales desde el registro contable de la factura sin computar sábados, domingos y los declarados festivos nacionales. Si la fecha resultante de dicha suma supera el 15 del mes siguiente a aquel en el que se hubiera deducido el IVA de la factura, el plazo finaliza el citado día 15 (pudiendo ser el plazo menor de esos cuatro días iniciales). En el caso de que la fecha límite del 15 sea sábado, domingo o festivo nacional, se trasladará al primer día hábil siguiente.
Por otro lado, el periodo y ejercicio son los correspondientes al mes / trimestre y año en que una vez devengadas las cuotas de IVA soportadas, éstas resultan deducibles tras recibir y registrar la factura del proveedor. El periodo de registro en el SII de la factura recibida coincide con el primer periodo en que se podrá deducir el IVA soportado correspondiente en el modelo 303 / 322.
Para realizar un cálculo concreto y conocer la fecha límite del registro de sus facturas, deberá consignar los siguientes campos:

• Fecha de recepción: con carácter general, es la fecha en la que se recibe la factura. En el caso especial de certificaciones de obra cuyo destinatario sea una administración pública (clave 14) y de operaciones con tracto sucesivo (clave 15), se debe consignar la fecha de devengo cuando ésta sea posterior a la fecha de recepción.

• Fecha de registro contable: fecha de entrada de la factura en el sistema contable con independencia de la fecha reflejada en el asiento contable.

• Presentación: se deberá indicar si el modelo 303 se presenta con carácter mensual o trimestral. En el caso del modelo 322 se seleccionará mensual.La herramienta le indicará la fecha límite para remitir los registros (pudiendo enviar la información dicho día inclusive), el periodo y ejercicio de registro.

Ejemplos de facturas recibidas:

Ejemplo 4:
un empresario que recibe una factura el 9 de octubre de 2020 decide consignar y deducir la cuota soportada en el modelo 303 del mes de octubre, procediendo a su registro contable con fecha de entrada en el sistema el 13 de noviembre. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza el 16 de noviembre de 2020 (opera la fecha límite).

Ejemplo 5: un empresario que recibe una factura el 9 de octubre de 2020 procede a su registro contable con fecha de entrada en el sistema el 13 de diciembre. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza: a) El 15 de diciembre si deduce la factura en el modelo 303 de octubre (opera la fecha límite). b) el 17 de diciembre si deduce la factura en el modelo 303 de diciembre.

Ejemplo 6: un empresario registra contablemente una factura recibida, de la que no tiene constancia de la fecha de recepción. La fecha de entrada en el sistema es el 13 de octubre de 2020. El plazo para remitir el registro de esta factura a través del SII finaliza el 19 de octubre. La factura podrá deducirse a partir del período de liquidación correspondiente al mes de octubre.

Ejemplo 7: un empresario importa mercancía despachada a libre práctica el 25 de octubre, produciéndose en esa misma fecha la admisión del DUA y liquidación del IVA por la Aduana. El empresario decide consignar y deducir la cuota soportada en el modelo 303 del mes de octubre, procediendo a su registro contable el 9 de noviembre de 2020. El plazo para remitir el registro del DUA a través del SII finaliza el 13 de noviembre.
 
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