Proyecto de Orden: Modificaciones de los Reglamentos de IRPF e IS

Proyecto de Orden: Modificaciones de los Reglamentos de IRPF e IS

Publicado el 8 de febrero de 2023

El Ministerio de Hacienda publica, con fecha 8 de febrero de 2023, el Proyecto de Orden por el que se modifican:

  • Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF), aprobado por el RD 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retribuciones en especie, deducción por maternidad, obligación de declarar, pagos a cuenta y régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español.
  • Reglamento del Impuesto sobre Sociedades (IS), aprobado por el RD 634/2015, de 10 de julio, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.

¿Cuáles son las principales modificaciones introducidas por este Proyecto de Orden?

  • Reducción por rendimientos del trabajo: Se modifica la cuantía de la misma y el umbral a partir del cual resulta aplicable.
  • Obligación a declarar: Se incrementa el salario bruto anual a partir del cual se empieza a pagar, pasando de 14.000 euros a 15.000 euros.
  • Deducción por maternidad: Se suprime el requisito de que realice una actividad por cuenta propia o ajena por la que esté dada de alta en el régimen correspondiente de la Seguridad Social.
  • Retenciones en artistas: Se reduce al 7% el tipo de retención aplicable cuando se perciban anticipos de derechos de autor o cuando estos se generen por un contribuyente con bajos ingresos por tal concepto en el año anterior que constituyan su principal fuente de renta.
  • Deducción por rendimientos obtenidos en la Isla de la Palma: Análoga a la deducción por rendimientos obtenidos en Ceuta y Melilla.
  • Retribuciones en especie basadas en entregas de acciones/participaciones a trabajadores: Se eleva el importe de la exención de los 12.000 a los 50.000 euros anuales.
  • Retención por intereses percibidos en contraprestación a las garantías constituidas para operar como miembros del mercado secundario oficial de futuros, opciones y otros instrumentos derivados: Se excluye la obligación de practicar retención sobre los intereses devengados por la inversión de los fondos aportados en garantía, tanto los obtenidos por los miembros de la entidad de contrapartida central, como los obtenidos por la propia entidad de contrapartida central.

Dicho Proyecto de Orden se compone de los siguientes documentos:


FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (08/02/23).

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