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Actividades agrícolas y ganaderas: reducción para 2017 de determinados índices en el método de estimación objetiva del IRPF
Publicado el 4 de abril de 2018
Al igual que todos los años por estas fechas, el pasado 28 de marzo de 2018 se ha publicado en el BOE la orden HFP/335/2018, de 28 de marzo por la que se reducen para el periodo impositivo 2017 los índices de rendimiento neto aplicables en el método de estimación objetiva del IRPF, para las actividades agrícolas y ganaderas afectadas por diversas circunstancias excepcionales.La reducción de los índices de rendimiento neto se localizan en determinadas zonas geográficas, a nivel nacional, autonómico y municipal. Las reducciones establecidas con carácter nacional para la declaración de la Renta de 2017 de los agricultores y ganaderos, son:
- Apicultura (de 0,26 a 0,13)
- Bovino de leche (de 0,20 a 0,16)
- Bovino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
- Ganado de bovino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18)
- Cereales (de 0,26 a 0,18)
- Cunicultura (de 0,13 a 0,07)
- Melocotón y nectarina (de 0,37 a 0,20)
- Leguminosas (de 0,26 a 0,18)
- Ganado ovino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
- Ganado caprino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
- Ganado ovino de leche extensivo (de 0,26 a 0,18)
- Ganado caprino de leche extensivo (de 0,26 a 0,18)
- Patata (de 0,26 a 0,13)
- Ganado porcino de carne extensivo (de 0,13 a 0,09)
- Ganado porcino de cría extensivo (de 0,26 a 0,18)
- Albaricoque
- Cereza
- Ciruela
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