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El 6 de diciembre de 2023 se publica en el BOE el RD 1008/2023, de 5 de diciembre, por el que se modifican el Reglamento del Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, aprobado por el Real Decreto 439/2007, de 30 de marzo, en materia de retribuciones en especie, deducción por maternidad, obligación de declarar, pagos a cuenta y régimen especial aplicable a trabajadores, profesionales, emprendedores e inversores desplazados a territorio español, y el Reglamento del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto 634/2015, de 10 de julio, en materia de retenciones e ingresos a cuenta.
¿Qué modificaciones supone la aprobación de este RD con respecto a IRPF?
¿Qué modificaciones supone la aprobación de este RD con respecto a IS?
¿Cuándo entra en vigor esta norma?
Este real decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Lo dispuesto con respecto a IRPF tendrá efectos desde la entrada en vigor de este real decreto.
FUENTE: BOE (06/12/2023).