Proyecto de Orden: Domiciliación de deudas con la AEAT desde entidades no colaboradoras

Proyecto de Orden: Domiciliación de deudas con la AEAT desde entidades no colaboradoras

Publicado el 13 de febrero de 2023

El Ministerio de Hacienda publica, con fecha 13 de febrero de 2023, el Proyecto de Orden por la que se modifica la Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación desde entidades no colaboradoras del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Cuáles son las principales modificaciones introducidas por este Proyecto de Orden?
Este Proyecto de Orden incluye dos novedades:

  • Posibilidad de domiciliación del pago en una cuenta bancaria abierta en una entidad de crédito no colaboradora, a pesar de que la gestión efectiva de la domiciliación sí se llevará a cabo en una entidad de crédito colaboradora. Por tanto, se posibilita la domiciliación del pago de deudas con la AEAT cuando:
    • El obligado tributario se encuentre en el extranjero y no disponga de cuenta abierta en España.
    • El obligado tributario (establecido o no en España) disponga de una cuenta abierta en España, pero en una entidad de crédito no colaboradora.
  • Modificación de la autorización concedida al Banco de España para actuar como entidad colaboradora para la domiciliación del pago de los aplazamientos y fraccionamientos concedidos por la AEAT cuando el obligado tributaria sea:
    • Un organismo o ente público.
    • Una entidad sin personalidad jurídica de las referidas en el artículo 35.4 Ley 58/2003, siempre que no disponga de ninguna cuenta de su titularidad que cumpla las condiciones establecidas en el artículo 2 de la Orden EHA/1658/2009.

Dicho Proyecto de Orden se compone de los siguientes documentos:


FUENTE: Ministerio de Hacienda y Función Pública (13/02/23).

 

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