
Prórroga del Salario Mínimo Interprofesional para 2021
Publicado el 4 de enero de 2021
El 30 de diciembre de 2020, se ha publicado en el BOE, el Real Decreto-ley 38/2020, de 29 de diciembre.Este real decreto-ley incluye una disposición adicional sexta mediante la cual se prorroga la vigencia del Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, por el que se fija el salario mínimo interprofesional para 2020, durante el periodo necesario para garantizar la continuidad de los trabajos de la mesa de diálogo social en la búsqueda, un año más, de un incremento pactado del salario mínimo interprofesional.
Dado que el citado Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, dejará de producir efectos el próximo 31 de diciembre, concurren razones de extraordinaria y urgente necesidad, que hacen ineludible mantener transitoriamente su vigencia a partir del 1 de enero.
Esta disposición supone una prórroga del vigente salario mínimo interprofesional de carácter temporal, hasta tanto se apruebe el real decreto que lo fije para el año 2021, en el marco del diálogo social y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado para 2020, es de 31,66 euros/día o 950 euros mensuales por 14 pagas.
FUENTE: BOE (30/12/2020)
Dado que el citado Real Decreto 231/2020, de 4 de febrero, dejará de producir efectos el próximo 31 de diciembre, concurren razones de extraordinaria y urgente necesidad, que hacen ineludible mantener transitoriamente su vigencia a partir del 1 de enero.
Esta disposición supone una prórroga del vigente salario mínimo interprofesional de carácter temporal, hasta tanto se apruebe el real decreto que lo fije para el año 2021, en el marco del diálogo social y de acuerdo con lo previsto en el artículo 27 del Estatuto de los Trabajadores.
El Salario Mínimo Interprofesional (SMI), fijado para 2020, es de 31,66 euros/día o 950 euros mensuales por 14 pagas.
FUENTE: BOE (30/12/2020)
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