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El Real Decreto-ley 15/2025 modifica la Disposición final cuarta del RD 1007/2023 y amplía un año los plazos de adaptación al sistema Verifactu, destinado a garantizar la integridad y trazabilidad de la facturación conforme al art. 29.2.j) de la Ley General Tributaria.
El objetivo del sistema es claro: prevenir el fraude tributario y la economía sumergida asociada al software de doble uso.
📅 Nuevos plazos oficiales
| Obligados | Base Legal | Antes | Ahora |
| Empresas IS (art. 3.1.a RD 1007/2023) | DF1ª RDL 15/2025 | 1/1/2026 | 1/1/2027 |
| Autónomos y resto empresas (art. 3.1 RD 1007/2023) | DF1ª RDL 15/2025 | 1/7/2026 | 1/7/2027 |
| Productores de software (art. 3.2 RD 1007/2023) | RD 1007/2023 | 9 meses desde HAC/1177/2024 | sin cambios |
✔ Conclusión
La ampliación ofrece más tiempo a empresas y profesionales para implantar Verifactu, pero no altera el calendario de los productores de software, que deben garantizar soluciones plenamente adaptadas.
El nuevo marco refuerza la lucha contra el fraude y consolida un modelo de facturación más seguro y transparente.
REFERENCIAS NORMATIVAS: