Modificaciones de los modelos 202 y 309 para el 2023

Modificaciones de los modelos 202 y 309 para el 2023

Publicado el 31 de marzo de 2023

En el Boletín Oficial del Estado (BOE) del 31 de marzo de 2023 se publica la Orden HFP/312/2023, de 28 de marzo, por la que se modifican la:

  • Orden HFP/227/2017, de 13 de marzo, por la que se aprueba el modelo 202 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre la Renta de no Residentes correspondiente a establecimientos permanentes y entidades en régimen de atribución de rentas constituidas en el extranjero con presencia en territorio español, y el modelo 222 para efectuar los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades en régimen de consolidación fiscal y se establecen las condiciones generales y el procedimiento para su presentación electrónica.
  • Orden EHA/1658/2009, de 12 de junio, por la que se establecen el procedimiento y las condiciones para la domiciliación del pago de determinadas deudas a través de cuentas abiertas en las Entidades de crédito que prestan el servicio de colaboración en la gestión recaudatoria de la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

¿Qué modificaciones sufre el modelo 202?
Se añade una marca para identificar en la presentación del modelo a aquellas entidades con un importe neto de la cifra de negocios en el período impositivo inmediatamente anterior inferior a 1 millón de euros, puesto que se aprueba un nuevo tipo de gravamen reducido aplicable a este tipo de entidades:

¿Qué modificaciones sufre el modelo 309?
Se introduce la posibilidad de domiciliación bancaria como método de pago del modelo 309 de modalidad trimestral, esto es, para aquellos casos en los que la presentación del modelo 309 no derive de adquisiciones intracomunitarias de medios de transporte nuevos o adjudicaciones en procedimientos administrativos o judiciales de ejecución forzosa.

El plazo de domiciliación será desde el día 1 al 15 de los meses de abril, julio y octubre y desde el 1 al 25 del mes de enero.

¿Cuándo entran en vigor dichas modificaciones?
La presente orden entrará en vigor el día siguiente de su publicación en el Boletín Oficial del Estado y será aplicable:

  • Modelo 202: Abril de 2023.
  • Modelo 309: Primer trimestre de 2023.

FUENTE: BOE (31/03/23).

Compartir en: