
Incremento del límite exento de garantía en aplazamientos y fraccionamientos
El 31 de marzo de 2023 se publica en el BOE, la Orden HFP/311/2023, de 28 de marzo, por la que se eleva el límite exento de la obligación de aportar garantía en las solicitudes de aplazamiento o fraccionamiento a 50.000 euros.
¿Qué modificaciones implica esta normativa?
Se eleva el límite exento de garantía de 30.000 a 50.000 euros en el caso de solicitudes de aplazamiento y fraccionamiento de pago de las deudas derivadas de derechos de naturaleza pública de la Hacienda Pública Estatal gestionados por la Agencia Estatal de Administración Tributaria y demás órganos de la Administración General del Estado y sus organismos autónomos.
A efectos de la determinación del importe de deuda se computarán tanto las deudas de la propia solicitud y otras del mismo deudor para las que se haya solicitado y no resuelto el aplazamiento o fraccionamiento, así como el importe de los vencimientos pendientes de ingreso de las deudas aplazadas o fraccionadas, salvo que estén debidamente garantizadas.
¿Cuándo entra en vigor esta norma?
Esta orden entrará en vigor el día 15 de abril de 2023.
FUENTE:
- Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas (IRPF): Preguntas Frecuentes AEAT
- STS 3483/2021: Amortización de inmuebles adquiridos de forma lucrativa
- Renta 2022: Tratamiento de las deducciones familiares
- Renta 2022: Novedades fiscales
- Planes de pensiones en Renta 2022. ¿Qué debo de tener en cuenta?
- Traspaso automático de venta de inmuebles a Ganancias y Pérdidas