Fin de la Extinción Automática del Contrato por Incapacidad Permanente: Novedades de la Ley 2/2025

Fin de la Extinción Automática del Contrato por Incapacidad Permanente: Novedades de la Ley 2/2025

Publicado el 2 de mayo de 2025

La Ley 2/2025, publicada el 30 de abril de 2025, introduce modificaciones clave en el Estatuto de los Trabajadores y en la Ley General de la Seguridad Social, principalmente en materia de incapacidad permanente y su impacto en la relación laboral.

Cambios en el Estatuto de los Trabajadores

  1. Fin de la extinción automática del contrato por incapacidad permanente: La declaración de incapacidad permanente total, absoluta o gran incapacidad ya no implica la terminación inmediata del contrato de trabajo. En su lugar, se establece la obligación de evaluar ajustes razonables que permitan la continuidad laboral.
  2. Modificación del artículo 49.1: Se introduce un nuevo apartado (letra n) que exige que, antes de proceder al despido, se analicen medidas de adaptación del puesto de trabajo. Solo si estos ajustes representan una carga excesiva para la empresa o no existe un puesto adecuado, podrá efectuarse la extinción del contrato.
  3. Suspensión del contrato con reserva de puesto: Se modifica el artículo 48.2, permitiendo la suspensión del contrato mientras se evalúan las adaptaciones necesarias. Este período puede extenderse hasta dos años si la incapacidad es susceptible de revisión por mejoría.

Cambios en la Ley General de la Seguridad Social

  1. Modificación del artículo 174.5: Si una persona con incapacidad permanente continúa trabajando gracias a ajustes razonables o cambio de puesto, se suspenderá el abono de la pensión mientras desempeñe un trabajo incompatible con su percepción.
  2. Revisión terminológica: Se sustituyen términos como gran invalidez por gran incapacidad y invalidez no contributiva por incapacidad no contributiva, alineándose con la reforma del artículo 49 de la Constitución Española.

¿Cuando entra en vigor?

La derogación del despido automático por incapacidad permanente entra en vigor el 1 de mayo de 2025, marcando un cambio significativo en la protección de los derechos laborales de las personas con discapacidad.

REFERENCIAS WEB:

  • Ley 2/2025, de 29 de abril, extinción del contrato de trabajo por incapacidad permanente de las personas trabajadoras.
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