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Los obligados tributarios dados de alta en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada (DEHú) disponen de un trámite en la web de la AEAT para solicitar un máximo de 30 días de cortesía por año natural, durante los cuales la Agencia Tributaria no podrá interponer notificaciones.
¿Quiénes están obligados a darse de alta en el sistema DEHú?
Están obligatoriamente suscritos a este servicio de notificaciones electrónicas, entre otros:
Sociedades anónimas y de responsabilidad limitada.
Personas jurídicas y Entidades sin Personalidad Jurídica (comunidades de bienes, herencias yacentes y comunidades de propietarios).
Las personas que no estando obligadas (autónomos y demás personas físicas) a recibir notificaciones electrónicas deseen suscribirse voluntariamente al sistema de notificaciones electrónicas pueden hacerlo a través de la Sede electrónica de la AEAT.
¿Qué consideraciones se deben tener en cuenta previa solicitud de los días de cortesía?
REFERENCIAS WEB:
AEAT: