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Calendario del contribuyente: Enero 2021

Calendario del contribuyente: Enero 2021

Publicado el 29 de diciembre de 2020
[ACTUALIZACIÓN 14/01/21]

Recordatorio de las principales obligaciones tributarias del mes de enero de 2021 en relación con los programas de Glasof, que la Agencia Tributaria ha puesto a disposición del contribuyente.Importante: En las domiciliaciones bancarias de pago (si el vencimiento del plazo de presentación coincide con un día inhábil, el plazo finaliza el primer día hábil siguiente y el plazo de domiciliación se ampliará con carácter general el mismo número de días que resulte ampliado el plazo de presentación de dicha declaración).
 
Plazo de presentación hasta el 20 de enero
Plazo de domiciliación hasta el 15 de enero*
RENTA Y SOCIEDADES
Retenciones e ingresos a cuenta de rendimientos del trabajo, actividades económicas, premios y determinadas ganancias patrimoniales e imputaciones de renta, rentas de arrendamiento de inmuebles urbanos, capital mobiliario
Diciembre 2020. Grandes empresas 111,115,123
Cuarto trimestre 2020. 111,115,123
Plazo de presentación hasta el 1 de febrero
Plazo de domiciliación hasta el 27 de enero
RENTA
Pagos fraccionados Renta
Cuarto trimestre 2020
Estimación directa 130
Estimación objetiva 131
IVA
Diciembre 2020. Autoliquidación 303
Diciembre 2020. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias 349
Cuarto trimestre 2020. Autoliquidación 303
Cuarto trimestre 2020. Declaración recapitulativa de operaciones intracomunitarias 349

* Importante: Tal y como establece la Orden HAC/5/2021, de 13 de enero, por la que se extiende el plazo de domiciliación correspondiente a la presentación de determinadas declaraciones y autoliquidaciones tributarias, los plazos de presentación de las declaraciones y autoliquidaciones tributarias cuyos plazos generales de presentación telemática de autoliquidaciones con domiciliación de pago sean hasta el 15 de enero de 2021, se amplían excepcionalmente hasta las 15:00 del día 18 de enero de 2021, siempre que el contribuyente que efectúe la presentación se haya visto afectado por los efectos de la borrasca «Filomena».

El plazo de ingreso de las autoliquidaciones no experimenta modificación, por lo que el adeudo del importe domiciliado en la cuenta del obligado tributario deberá efectuarse el día 20 de enero de 2021 o el inmediato hábil posterior si el 20 fuese inhábil.

FUENTE:
  • AEAT (29/12/20).
  • BOE (14/01/21).
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