El 25 de julio de 2017 la Seguridad Social ha publicado el Boletín RED 4/2017. A continuación, os ofrecemos un breve resumen de sus principales novedades.
CONFIRMACIÓN AUTOMÁTICA A PARTIR DEL SEGUNDO CIERRE DE OFICIO
En
agosto confirmación automática de
todas las
liquidaciones, estén
calculadas o no en su totalidad. Por tanto, para las liquidaciones parciales ya no será necesario solicitar el borrador parcial puesto que se confirmarán de oficio en el segundo cierre (día 28, salvo en febrero que será el día 26).
NUEVO SERVICIO “SOLICITUD DE INFORME DEL ESTADO DE LAS LIQUIDACIONES”
Durante el mes de
septiembre está previsto la implantación de un
nuevo servicio on-line denominado
“Solicitud de Informe del estado de las liquidaciones” para informar al usuario de la situación en la que se encuentran cada una de sus liquidaciones y cuales son las que aún están pendientes de presentación.
MODIFICACIÓN DEL FICHERO DE TRABAJADORES Y TRAMOS PARA SOLICITAR DATOS DE UNO O VARIOS TRABAJADORES
Esta
nueva funcionalidad estará disponible a partir del mes de
septiembre, lo que va a permitir que, en las
liquidaciones complementarias L03, L90, C00, C02, C13, C03, C90, el usuario pueda
solicitar la
información únicamente de los
trabajadores por los que se debe de realizar la cotización.
RÉGIMEN ESPECIAL DE LOS TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA O AUTÓNOMOS. NUEVOS SERVICIOS EN EL SISTEMA RED: “MODIFICACIÓN DE ACTIVIDAD” Y “SOLICITUD DE MODIFICACIÓN DE LOS DATOS DE COBERTURA PARA EL AÑO PRÓXIMO”.
Estos nuevos servicios ya figuran en el Sistema RED. Al igual que sus manuales de funcionamiento de modificación de actividad y de solicitud de modificación de los datos de cobertura para el año próximo.
NOVEDADES DERIVADAS DE LA PUBLICACIÓN DE LA LEY 3/2017, DE 27 DE JUNIO DE 2017 DE PRESUPUESTOS GENERALES DEL ESTADO PARA EL AÑO 2017 (B.O.E. 28 DE JUNIO)
Tipo de cotización en supuestos especiales
Modificación de los
tipos de cotización adicionales aplicables a los
colectivos de Bomberos al
servicio de las
administraciones públicas y miembros del
Cuerpo de la
Ertzaintza.
Medidas de apoyo a la prolongación del período de actividad de los trabajadores con contratos fijos discontinuos en los sectores de turismo, comercio vinculado al mismo y hostelería.
A partir de la publicación de este
boletín y
hasta el próximo 28 de septiembre de
2017 se podrán comunicar las
Situaciones Adicionales de Afiliación (SAA) con
valor 420 correspondientes a
febrero y marzo de 2017 para la aplicación de las bonificaciones de cuotas previstas en la disposición adicional duodécima de la
Ley 3/2012 de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral (B.O.E. 7-7-2012), según lo establecido en la disposición adicional centésima décima de la
Ley 3/2017.
Dichas bonificaciones en el caso de tener derecho a ellas,
deberán solicitarse mediante el
procedimiento de
devolución de ingresos.
Bonificación en la cotización a la Seguridad Social en los supuestos de cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural, así como en los supuestos de enfermedad
A partir del día
29 de
junio de
2017,
las deducciones de cuotas en los
supuestos de
cambio de puesto de trabajo por riesgo durante el embarazo o durante la lactancia natural tendrán la
consideración de bonificaciones de cuotas, según la disposición adicional centésima octava de la
Ley 3/2017.
Modificación de la Ley 3/2012, de 6 de julio, de medidas urgentes para la reforma del mercado laboral.
La disposición final vigésima tercera añade, con efectos de 29 de junio de 2017 y vigencia indefinida, un
apartado 5 bis, al
artículo 4 de la Ley 3/2012, que dará derecho a
bonificaciones por
contrataciones indefinidas con tipo de
contrato 150, 250 ó 350, que se realicen
con trabajadores desempleados inscritos en la Oficina de Empleo para
prestar servicios en
centros de trabajo ubicados en el territorio de la
Comunidad Autónoma de Canarias,con independencia de los incentivos fiscales regulados en el artículo 43 del
texto refundido de la Ley del Impuesto sobre Sociedades, aprobado por el Real Decreto Legislativo 4/2004, de 5 de marzo.
COMUNICACIÓN DEL BOLETÍN DE NOTICIAS RED POR CORREO ELECTRÓNICO
A partir de ahora, se comunicarán los
Boletines de
Noticias Red por
correo electrónico a aquellos
autorizados que hayan
comunicado dicho correo a la Tesorería General de la Seguridad Social
y hayan otorgado su consentimiento para la recepción de comunicaciones con carácter informativo. Este trámite se deberá cumplimentar a través del “Formulario de variación de datos de contacto del autorizado Red”.
Para mayor información consultar dicho
Boletín RED 4/2017 de 25 de julio de 2017.