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Reserva de nivelación en el Impuesto sobre Sociedades

Reserva de nivelación en el Impuesto sobre Sociedades

Publicado el 29 de octubre de 2020
Aplicación práctica de la reserva de nivelación en el Impuesto sobre Sociedades:Una entidad que tributa en el Impuesto sobre Sociedades y cumple los requisitos de Empresa de Reducida Dimensión, tributa al tipo general del 25%.

Obtiene en el ejercicio 2019 una base imponible de 180.000€.
En el momento de la elaboración del Impuesto de 2019, prevé que debido a las circunstancias excepcionales del año 2020 motivadas por la COVID19, el resultado del ejercicio en 2020 arrojará unas pérdidas 17.000€ , y se prevé que a partir del 2021 se continuarán obteniendo beneficios.

Para poder anticiparse fiscalmente a las pérdidas del año 2020, decide dotar en 2019 una reserva de nivelación de 18.000€, lo que llevará aparejado una minoración de la base imponible de 2019 en 18.000€ .

En el momento de celebrar la Junta General de 2020, en la que se distribuyen los resultados de 2019, deberá aprobarse que 18.000€ deberán destinarse a constituir una reserva de nivelación.

Esta reserva de nivelación se reflejará en el balance de 2020, pero no en el del 2019.

Cálculo efectuado con nuestro programa de contabilidad:

Caso 1: ¿Cómo tributaría sin reserva de nivelación?
 
Base imponible Reserva de nivelación BI después de aplicar la reserva Tipo de gravamen Cuota íntegra
180.000 0 180.000 25% 45.000




Caso 2: ¿Cómo tributaría aplicando la reserva de nivelación?
 
Base imponible Reserva de nivelación BI después de aplicar la reserva Tipo de gravamen Cuota íntegra
180.000 18.000 162.000 25% 40.500




Compensación de las pérdidas de 2020 con la reserva de nivelación dotada en 2019:
 
Base imponible Reserva de nivelación BI después de aplicar la reserva Tipo de gravamen Cuota íntegra
-17.000 17.000 0 25% 0


Aplicando la Reserva de nivelación en 2020, la base imponible negativa de 17.000€ se compensa con 17.000€ de reserva de nivelación, resultando una base imponible de 0€.






Al cabo de 5 años, en 2024 se integran 1.000€ en la base imponible de dicho periodo tributando: 1.000 x 0.25= 250€.
 
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